Autónomos trabajando en el extranjero (Demo)

Algunos autónomos se desplazan al extranjero para trabajar, mientras lo siguen haciendo en España a distancia. En este caso, ¿qué regulaciones existen en el régimen fiscal acerca de cómo tributar las rentas percibidas en cada uno de los diferentes países?

Para responder a esta cuestión, será necesario fijarse en el tiempo de estancia en el extranjero, ya que la estancia puede ser desde un período temporal corto, hasta una estancia permanente, donde al autónomo se le consideraría residente del país de destino, hecho que influiría sobre del mismo en cada caso. Por ejemplo, en España se considerará residente a una persona física que resida un período mayor a 183 días, o bien, si cumple otros criterios, tales como que la base de su actividad económica radique en España, o si el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de él residen habitualmente en el país.

Es perfectamente compatible para el autónomo trabajar en el extranjero y en España a distancia. Es decir, puede percibir rentas en ambos países por su actividad económica profesional. En el caso de que la estancia en el extranjero sea temporal, seguirá siendo residente fiscal español y deberá presentar aquí las obligaciones trimestrales con Hacienda. Si el traslado al extranjero es definitivo, el autónomo pasará a ser residente en el país del extranjero y deberá declarar los ingresos percibidos por sus actividades, siempre y cuando sean prestaciones de servicios realizadas en territorio español. Las rentas se considerarán obtenidas en España sólo por la parte que sirva a la actividad desarrollada en España.

En el último caso, si el autónomo es residente fiscal en el país extranjero, soportará una retención del 19,50 (si el país de destino es de la UE, Islandia o Noruega). Si las rentas obtenidas están sujetas a retención, no existe obligación de presentar el impuesto en España cuando la retención practicada haya resultado inferior a la cuota tributaria calculada conforme a la Ley del Impuesto.