- Duración: 1h30 aprox (45′ de exposición/ 35′ de coloquio)
- Día: 08/03/2016
- Hora: 19h
- Lugar: Restaurante el Foro, C/Eduardo Ibarra,4 50009, Zaragoza
- Asistencia gratuita por invitación (previa inscripción y confirmación de asistencia por Arias & Arranz)
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- *Debido al número limitado de plazas, podrán acudir aquellos a los que Arias & Arranz haya confirmado la asistencia previamente, a través de invitación.
Ante los nuevos escenarios económicos y políticos que sitúan a las empresas como para satisfacer las necesidades de recaudación de las diferentes administraciones públicas, debemos introducir e implantar un sistema que ayude a gestionar mejor tu empresa y la organización de la misma en aquellas áreas que van a ser objetivos continuos de sanciones administrativas en el menor de los casos.
PROGRAMA DE LA JORNADA
1. Introducción
1.1. Expansión del derecho penal
1.2. Ética corporativa
1.3. Responsabilidad del administrador (nueva ley de sociedades de capital)
Introducción en la que se expondrá como hemos llegado a la situación actual de responsabilidad de la persona jurídica y, cuales son las razones de su implantación.Que es la ética corporativa y, porque hoy en día es importante y ha supuesto una obligación para las empresas.Y como introducción, este cambio de cultura empresarial como se ha reflejado en la regulación mercantil, blanqueo de capitales, seguridad laboral, etc.
2. Responsabilidad penal de la persona jurídica
2.1. Art. 31 bis código penal
2.2. Modelo de imputación
2.3. Delitos atribuibles a la persona jurídica
2.4. Consecuencias (penas que se les puede imponer)
En este apartado se explicará cual es la responsabilidad de la persona jurídica, como se le atribuye responsabilidad, respecto de que delitos, ya que es un sistema de numerus clausus y, qué consecuencias puede tener para la persona jurídica la condena.
3. Programa de prevención de delitos
3.1. Qué es un programa de prevención de delitos o compliance penal
3.2. Cómo se implanta un programa de prevención de delitos
3.3. Para qué sirve
La ultima parte de la charla ira encaminada a explicar que es un programa de cumplimiento, como se realiza y que cambios conlleva en la empresa y, por supuesto y, más importante, para que sirve y que consecuencias prácticas tiene.
4. Ejemplos y preguntas
Se dejarán unos minutos para interactuar con el público, por si tuvieran alguna pregunta y, en estos últimos minutos podemos poner algún ejemplo actual o, si sabemos al sector que pertenecen las empresas personalizar en alguna de ellas la ejecución de un programa de prevención de delitos
Con este modelo, como se ha dicho más arriba, no se trata de garantizar al cien por cien la imposibilidad de que se cometa un delito. Se trata simplemente de que la empresa esté en condiciones de demostrar que ha hecho lo posible para evitar la comisión de hechos punibles y que, si pese a todo, se ha producido un delito, ello no se haya debido a una omisión o un ejercicio insuficiente de las funciones de supervisión, vigilancia y control, sino a que el autor individual haya eludido fraudulentamente los modelos de organización y prevención implantados.
Ponentes desde diferentes visiones | |
ECONÓMICA | JURÍDICA |
[learn_more caption=”Miguel Ángel Arias”] Economista, Arias & Arranz Asociados[/learn_more] | [learn_more caption=”Bartolomé Arranz Durán”] Abogado, Arias & Arranz Asociados[/learn_more] [learn_more caption=”David Maraver”] Abogado, Arias & Arranz Asociados[/learn_more] [learn_more caption=”Paco Ferrer”] Abogado[/learn_more] [learn_more caption=”Jesús Ángel Escartín”] “Compliance officer” en DKV Seguros[/learn_more] |