El comentario del que todo el mundo habla sea en el lugar donde te encuentres, “la cláusula suelo”, CUANDO DEBE DEVOLVER O NO HA SIDO CORRECTA, pero realmente sabemos lo que es, a quien nos afecta, serán los bancos quien devuelvan el dinero, cuándo, cómo se nos abonara esta cantidad, etc.………….estas son muchas de las posibles preguntas que no todo tenemos respuesta.
La cláusula suelo establece un mínimo a pagar en las cuotas de la hipoteca aunque los intereses ordinarios que se han acordado con la entidad financiera estén por debajo. La mayoría de hipotecas que se suscriben en España tienen un tipo de interés que se fija en función de un tipo de referencia, sobre todo se aplica el valor del Euribor, aunque también han existido otros como el IRS (InterestRate Swap) o el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios), más un diferencial que varía en función de la entidad.
Aunque no lo creamos, en principio, la aplicación de este tipo de clausula no es contraria a la ley, pero sí lo es cuando tienen un carácter abusivo y cuando las entidades financieras no informan de su presencia.
Esta cláusula ha sido aplicada por la mayoría de entidades bancarias, por lo tanto para poder comprobar simi hipoteca tienen suelo, debo mirar en las escrituras del prestamos hipotecario donde poder ver reflejado si esta aplicada la cláusula, forma de identificarla bajo epígrafes con títulos como “límites a la aplicación del interés”, “tipo de interés variable”.
En la actualidad lo que todos deseamos es eliminar esta cláusula suelo en nuestro contrato hipotecario, por lo que se aconseja llegar a un acuerdo extrajudicial con la entidad financiera que lo ha aplicado y negociar su eliminación a través de un proceso de mediación, llevando una serie de pasos a seguir:
- Escribir una carta al director de la sucursal en la que se firmó la hipoteca y solicitarle que se anule la cláusula del suelo que aparece en la escritura y que se considera abusiva.
- Si no se obtuviera respuesta, presentar una hoja de reclamación a la entidad financiera en la que se pone en conocimiento el interés del afectado por iniciar un proceso de mediación para eliminar la cláusula del suelo.
- Dirigirse al defensor del consumidor del banco o caja e informarle de los pasos que se han llevado a cabo y de los que no se ha tenido respuesta. Pedirle también que se anule la cláusula del suelo que aparece en el préstamo y que se devuelva o compense la cantidad más que se ha cobrado hasta el momento. Las entidades acostumbran a disponer de cartas tipo de reclamación.
- Si tampoco hubiera contestación, presentar un formulario al Banco de España informando del proceso de queja.
- Si tras dar a conocer al banco o caja la reclamación que se ha realizado al Banco de España tampoco se da una solución para eliminar la cláusula de suelo de la hipoteca, intentar hacer una subrogación de la hipoteca, cambiar nuestro préstamo a otra entidad que nos ofrezca mejores condiciones. Si bien era una práctica habitual hace un tiempo, puede no salir a cuenta en la actualidad ya que los diferenciales y los requisitos se han endurecido respecto a unos años atrás. Y, además, hay que sumar.
- En última instancia, acudir a un abogado especializado, procurador u organización de consumidores para denunciar los hechos e iniciar el proceso legal.
Aunque el seguimiento de este proceso no garantiza nuestro éxito y por lo tanto tener que recurrir a los juzgados.
En los últimos años se han dictado muchas sentencias favorables a la nulidad de la cláusula suelo en juzgados de lo mercantil y audiencias provinciales. Además en las sentencia se establece que los afectados recuperen las cantidades pagadas de más.
Las ultimas noticias, indican que el Tribunal Supremo ha confirmado la doctrina legal que declara nulas las clausulas suelo, por lo que se podrá recuperar el dinero pagado de mas donde se pueda abusiva las clausulas suelo por falta de trasparencia en las hipotecas a partir del 9/05/2013.
La sentencia no significa que automáticamente se vaya a eliminar la cláusula suelo, la sentencia se refiere a unas determinadas entidades financieras, lo que no quiere decir que automáticamente se falle a favor de todos los clientes, cada persona lo tendrá que solicitar de forma particular.
A fecha actual, las resoluciones en España limitan la devolución de dinero cobrado de más por los bancos desde mayo de 2013, porque el Tribunal Supremo está a la espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncie el próximo 26 de abril de 2016 sobre su decisión si la devolución del dinero cobrado por la cláusula suelo debe hacerse desde el momento en que se firmó la hipoteca.
Por lo tanto las instancias judiciales españolas han paralizado sus procedimientos, hasta conocer la resolución.
Desde nuestro despacho te hacemos la gestión con tu BANCO, mediante carta y caso de no aceptar se presenta la demanda contra la entidad financiera.
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