El nuevo sistema de cotización de autónomos a partir del 01 de enero de 2023 va a consistir en cotizar en función de los ingresos reales, es decir, en función de los ingresos netos mensuales se podrá elegir la cuota que se desee abonar.
Estos ingresos marcarán entre qué bases podemos elegir y, por consiguiente, qué cuota debemos abonar (Pincha aquí para visualizar la tabla de cotizaciones).
Dado que la base a elegir debe preverse, se ofrece la posibilidad de modificar la base elegida, hasta en 6 veces a lo largo del año en curso.
En función de estas novedades, todos los trabajadores autónomos tendrán dos opciones a la hora de elegir la base de cotización:
– Primera opción: Realizar una previsión de rendimientos netos y, según los tramos en los que se encuentre, seleccionar la base por la que quiere cotizar.
– Segunda opción: Mantener la base por la que está cotizando en diciembre del año 2022.
Al finalizar el año 2023, primer año con el método nuevo de cotización, la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, harán las comprobaciones pertinentes, en función de los rendimientos netos y las bases por las que se ha cotizado y regularizará la cotización provisional mensual efectuada en el año anterior.
Si la cotización provisional efectuada fuese inferior a la cuota en el que estén comprendidos sus rendimientos, deberá ingresar la diferencia entre ambas cotizaciones, hasta el último día del mes siguiente en el que se notifique el resultado de la regularización, sin aplicación de interés de demora ni recargo alguno en ese plazo.
Si la cotización provisional efectuada fuese superior a la cuota en el que estén comprendidos sus rendimientos, la Tesorería General de la Seguridad Social procederá a devolver de oficio la diferencia entre ambas cotizaciones, sin aplicación de interés alguno, antes del 30 de abril del ejercicio siguiente a aquel en que la correspondiente Administración Tributaria haya comunicado los rendimientos computables. Si bien se podrá renunciar a la devolución y mantener la base que se tenía a fecha 31 de diciembre de 2022.
No obstante, la Tesorería General de la Seguridad Social todavía no ha puesto en funcionamiento la aplicación a través de la cual habrá que informar de las decisiones adoptadas por lo que no se puede realizar ningún tipo de acción por el momento.
Además, cualquier novedad o información que tengamos al respecto será comunicada de manera individualizada para poder tomar la mejor decisión en cada circunstancia.
DEPARTAMENTO LABORAL